El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) se encuentra actualmente en un proceso de análisis y evaluación para la posible incorporación de la Norma Internacional de Auditoría para Entidades Menos Complejas (NIA para EMC) al marco normativo de aseguramiento de la información en Colombia . Este proceso se realiza en el marco de la Ley 1314 de 2009, con el apoyo del Comité Técnico Ad Honorem de Aseguramiento (CTA). 

La NIA para EMC es considerada por el CTCP como una “alternativa técnicamente simplificada, no una auditoría de menor calidad”, especialmente adecuada para entidades con estructuras organizativas sencillas . El objetivo es que esta norma se incorpore como un anexo a las normas de aseguramiento ya existentes, para que pueda ser aplicable tanto a la revisoría fiscal como a otras auditorías legales en el país.

Actualmente, la NIA para EMC no forma parte del ordenamiento legal colombiano . Por lo tanto, su aplicación está prohibida para los contadores públicos en Colombia, quienes están obligados por ley a cumplir exclusivamente con las normas legales vigentes, como el Anexo 4-2019 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y la Ley 43 de 1990 . Esta restricción aplica incluso a firmas de auditoría que, por políticas de redes internacionales, deban aplicar la NIA para EMC, ya que dichas políticas no pueden tener efectos locales si contradicen la normativa nacional.

El CTCP, junto con el CTA, ha estado trabajando durante el primer semestre de 2025 en este análisis, que incluye la identificación de posibles conflictos con el marco legal vigente y la viabilidad de su implementación . Se estima que un proceso de discusión pública sobre la norma se inicie en el segundo semestre de 2025, una vez se disponga de los ficheros oficiales en español . La inclusión final en la normativa colombiana dependerá de los resultados de estos análisis y podría realizarse mediante una modificación al Decreto 2420 de 2015 o a través del proceso ordinario de incorporación de estándares internacionales 

En cuanto a la capacitación, el CTCP no tiene la función de establecer lineamientos o criterios de idoneidad para los profesionales que apliquen la norma. Sin embargo, se espera que las instituciones de educación superior ofrezcan la formación necesaria, tal como ocurrió durante el proceso de convergencia a las normas internacionales de información financiera 

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) ha emitido un concepto en respuesta a diversas inquietudes sobre la posible adopción e implementación de la Norma Internacional de Auditoría para Entidades Menos Complejas (NIA para EMC) en Colombia. El CTCP, como organismo permanente de normalización técnica de Normas de Contabilidad, Información Financiera y Aseguramiento de la Información, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, basa su actuación en la Ley 43 de 1990 y la Ley 1314 de 2009 , así como en los decretos que las desarrollan, como el Decreto 2420 de 2015 .

Proceso de Adopción y Análisis de la NIA para EMC

El CTCP se encuentra actualmente en un proceso de evaluación de la NIA para EMC para su posible incorporación al marco técnico de aseguramiento de la información en Colombia.

Consideraciones Clave:

  • Análisis en Curso: Durante el primer semestre de 2025, el CTCP, con el apoyo de su Comité Técnico de Aseguramiento (CTA), ha estado analizando la NIA para EMC. Este análisis busca determinar la compatibilidad y conveniencia de su adopción en el contexto colombiano.
  • Futura Adopción: Se espera que, tras un análisis detallado, la NIA para EMC pueda ser considerada para formar parte del marco técnico de aseguramiento aplicable a la Revisoría Fiscal y otras auditorías legales en Colombia.
  • Identificación de Conflictos: El proceso de análisis incluye la identificación de posibles conflictos entre las disposiciones de la NIA para EMC y el marco legal vigente en Colombia, particularmente en lo relacionado con las responsabilidades del revisor fiscal y las disposiciones de auditoría contenidas en el Código de Comercio y otras normas especiales.
  • Consulta Pública: Se estima que el proceso de discusión pública sobre la posible inclusión de la NIA para EMC dentro del marco técnico de aseguramiento se abrirá en el segundo semestre de 2025.
  • Modificaciones Normativas: La inclusión final de la NIA para EMC en el ordenamiento normativo colombiano dependerá de la obtención de los ficheros oficiales en español y de los resultados del análisis. Esto podría requerir modificaciones al Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios, o tramitarse a través del proceso ordinario de incorporación de estándares internacionales.
  • Ámbito de Aplicación: El CTCP está evaluando a qué tipo de entidades podría aplicarse la NIA para EMC, considerando los requerimientos y guías emitidos por el IAASB, y si sería aplicable tanto a entidades privadas (incluyendo entidades menos complejas del sector privado, no emisoras de valores y que no sean entidades de interés público) como a entidades y empresas del sector público y del gobierno en Colombia. El CTCP considera la NIA para EMC como una alternativa técnicamente simplificada, no de menor calidad, adecuada para entidades con estructuras menos complejas.

Situación Actual de Aplicabilidad y Prohibiciones

Actualmente, la NIA para EMC no está incorporada de manera expresa en las normas locales colombianas.

Aspectos Relevantes:

  • No Aplicabilidad Actual: Dado que la NIA para EMC aún no hace parte del ordenamiento legal colombiano, no es posible aplicarla. Esto significa que los revisores fiscales o auditores legales no pueden utilizarla como parte de los requerimientos para firmas de auditoría, incluso aquellas que forman parte de redes internacionales y que, por políticas globales, requieran su aplicación.
  • Obligación Legal: En virtud de lo establecido en el numeral 3° del artículo 8° de la Ley 43 de 1990 , los contadores públicos están obligados a cumplir las normas legales vigentes, como el artículo 7° de la misma ley y el Anexo 4-2019 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 .

Impacto y Capacitación

El CTCP ha delimitado su competencia respecto a la evaluación del impacto y la capacitación.

Consideraciones:

  • Evaluación de Impacto: El CTCP no es competente para dar respuestas sobre la evaluación del impacto que podría tener el uso de esta norma en los procesos de inspección, vigilancia y control, ni en el análisis de calidad de los encargos de auditoría y Revisoría Fiscal en Colombia, ya que esto corresponde a las autoridades de regulación y supervisión.
  • Lineamientos de Capacitación: El CTCP tampoco tiene dentro de sus funciones establecer esquemas de capacitación o criterios de idoneidad para los profesionales que deban aplicar la NIA para EMC. Sin embargo, se espera que las Instituciones de Educación Superior (IES) ofrezcan capacitaciones, de manera similar a como ocurrió durante el proceso de convergencia de otras normas.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.