El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en respuesta a una consulta de un revisor fiscal sobre el alcance de su injerencia en la revisión de poderes en una asamblea de accionistas, específicamente en el caso de la representación de las acciones de un socio fallecido . La situación que motiva la consulta es una asamblea que fue impugnada porque el revisor fiscal aceptó un poder otorgado por solo tres de los cinco herederos reconocidos en el juicio de sucesión, argumentando que no es de su competencia inmiscuirse en los detalles del proceso judicial, como capitulaciones o inventarios, ya que eso corresponde a un Juez de la República.

La respuesta del CTCP establece una clara delimitación de responsabilidades. La tarea principal de verificar la autenticidad y validez formal de los poderes recae en el secretario de la asamblea, quien debe realizar esta labor antes de que inicie la sesión . Esto incluye comprobar que los poderes cumplan con los requisitos del Código de Comercio y los estatutos. En el caso de una sucesión, se debe verificar que el apoderado represente la totalidad de las acciones del causante, lo cual implica que el poder debe ser otorgado por todos los herederos o por el albacea con tenencia de bienes, si lo hubiere . Si el secretario detecta una irregularidad, debe rechazar el poder o dejar constancia de la situación.

El rol del revisor fiscal, por otro lado, es de fiscalización posterior y preventiva . Su deber es asistir a la asamblea para supervisar que el proceso se desarrolle conforme a la ley y los estatutos . Si el revisor fiscal observa una irregularidad en un poder que el secretario ha aceptado —como el caso consultado de un poder otorgado por una fracción de los herederos—, su función es “dar oportuna cuenta de esta situación a la asamblea y a la administración de la sociedad”. Es crucial entender que el revisor fiscal no tiene la potestad de validar o anular el poder; su responsabilidad se limita a advertir que la irregularidad detectada podría poner en riesgo la validez de las decisiones que se tomen en la asamblea, protegiendo así la seguridad jurídica de la sociedad . En esencia, el revisor fiscal debe informar, no decidir, y no debe extralimitarse en funciones ni inmiscuirse en asuntos judiciales que son de competencia exclusiva de un juez.

1. Contexto de la Consulta

Una revisora fiscal solicitó al CTCP un pronunciamiento sobre el alcance de su injerencia en la revisión de poderes en una asamblea de accionistas. La consulta surge a raíz de la impugnación de una asamblea donde la revisora fiscal avaló un poder de un accionista fallecido, el cual estaba otorgado por solo 3 de 5 herederos reconocidos en un juicio de sucesión. Los accionistas impugnantes argumentan que la revisora fiscal debía conocer y decidir sobre aspectos propios de la sucesión (herederos legitimados, capitulaciones, sociedad conyugal, etc.), mientras que la revisora fiscal sostiene que estos asuntos no son de su competencia y que su responsabilidad se limita a verificar la calidad de los representantes según el artículo 378 del Código de Comercio.

2. Responsabilidad en la Verificación de Poderes

El CTCP establece una distinción clara en las responsabilidades de verificación de poderes:

2.1. Rol del Secretario de la Asamblea

La responsabilidad principal de verificar la validez de los poderes recae en el secretario de la asamblea. Antes del inicio de la sesión, el secretario debe:

  • Verificar la autenticidad y validez de todos los poderes presentados.
  • Asegurarse de que los poderes cumplan con los requisitos formales del Código de Comercio y los estatutos de la sociedad (número de firmas, fecha de otorgamiento, alcance de facultades).
  • En el caso de una sucesión, verificar que el apoderado represente la totalidad de las acciones del causante, lo que implica que el poder debe ser otorgado por todos los herederos o por el albacea.
  • Si se detecta una irregularidad, el secretario debe rechazar el poder o, al menos, dejar constancia de la situación.

2.2. Rol del Revisor Fiscal

El revisor fiscal ejerce una función de fiscalización, tanto posterior como preventiva, y su rol no es determinar la validez legal de un proceso judicial. Sus responsabilidades son:

  • Vigilancia: Asistir a la asamblea para supervisar que el proceso se desarrolle conforme a las normas.
  • Informar, no Decidir: Si el revisor fiscal observa una irregularidad (como un poder otorgado por solo una parte de los herederos), debe dar cuenta oportuna de esta situación a la asamblea y a la administración de la sociedad. Esto se enmarca en su función de dar aviso sobre “irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad”, según el artículo 207 del Código de Comercio. El revisor fiscal no tiene la potestad de “anular” o “validar” el poder, sino de advertir sobre una irregularidad que podría afectar la validez de las decisiones de la asamblea.

El revisor fiscal debe limitarse a verificar la formalidad de la representación, sin inmiscuirse en asuntos judiciales como el proceso de sucesión, ya que estos son de competencia exclusiva del juez de conocimiento.

3. Representación de Acciones de Accionistas Fallecidos

El documento del CTCP, citando el Código de Comercio, establece las reglas para la representación de acciones de un accionista fallecido:

4. Funciones del Revisor Fiscal según el Código de Comercio

El artículo 207 del Código de Comercio detalla las funciones del revisor fiscal, entre las cuales se destacan:

  • Cerciorarse de que las operaciones de la sociedad se ajusten a los estatutos y decisiones de los órganos sociales.
  • Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.
  • Velar por la regularidad de la contabilidad y las actas, y por la conservación de la correspondencia y comprobantes.
  • Inspeccionar los bienes de la sociedad y procurar su conservación.
  • Impartir instrucciones y solicitar informes para un control permanente sobre los valores sociales.
  • Autorizar balances con su dictamen o informe.
  • Convocar a la asamblea o junta de socios a reuniones extraordinarias cuando sea necesario.
  • Cumplir las demás atribuciones legales o estatutarias compatibles con las anteriores.

5. Conclusiones Clave

El análisis del CTCP y la normativa colombiana permiten establecer las siguientes conclusiones:

  • La responsabilidad primaria de verificar la validez de los poderes en una asamblea de accionistas recae en el secretario de la asamblea.
  • El revisor fiscal tiene un rol de fiscalización y supervisión, debiendo cerciorarse de que las operaciones se ajusten a la ley y los estatutos.
  • Si el revisor fiscal detecta una irregularidad en la conformación de los poderes, como la representación inadecuada de acciones de una sucesión ilíquida, su deber es informar por escrito a la asamblea y a la administración de la sociedad, advirtiendo sobre el riesgo de impugnación de las decisiones.
  • El revisor fiscal no tiene la facultad de decidir o anular poderes, ni de inmiscuirse en asuntos judiciales como los procesos de sucesión, los cuales son competencia exclusiva de los jueces.
  • Para la representación de acciones de un accionista fallecido en una sucesión ilíquida, el artículo 378 del Código de Comercio exige que todos los herederos nombren un único apoderado o que la representación sea ejercida por el albacea designado judicialmente. La representación parcial de los herederos no es válida.

En resumen, el revisor fiscal actúa como un garante de la legalidad y la transparencia, alertando sobre posibles incumplimientos normativos, pero sin asumir funciones que corresponden a otros órganos de la sociedad o a la autoridad judicial.

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