El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) aborda las responsabilidades del revisor fiscal en relación con el cumplimiento de su plan de trabajo, la entrega de informes y el alcance de su facultad para solicitar información . Se establece que el revisor fiscal tiene la obligación legal y profesional de cumplir con su plan de trabajo, el cual debe estar basado en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 300 sobre planificación . Sin embargo, no está obligado a entregar informes detallados por cada procedimiento específico realizado, como la revisión de la provisión de renta, a menos que el contrato lo exija o que durante su auditoría identifique ajustes significativos o deficiencias importantes en el control interno que deban ser comunicadas a la administración y a los responsables del gobierno de la entidad, conforme a las NIA 260 y 265 . Todas sus conclusiones deben estar debidamente documentadas en sus papeles de trabajo 

Ante el incumplimiento reiterado de las funciones del revisor fiscal, la empresa tiene varias vías de acción. Puede requerirle formalmente por escrito el cumplimiento de sus deberes, presentar una queja formal ante la Junta Central de Contadores (JCC) para que se inicien acciones disciplinarias, e informar a la superintendencia que vigile a la compañía . Adicionalmente, la asamblea de accionistas o junta de socios tiene la facultad de remover al revisor fiscal en cualquier momento . El Código de Comercio, en su artículo 211, establece que el revisor fiscal responderá por los perjuicios que cause por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.

Finalmente, el documento avala como una práctica correcta y necesaria la solicitud de las hojas de vida de los miembros de la junta directiva y asesores externos por parte del revisor fiscal . Esta solicitud se fundamenta en la NIA 315, que exige al auditor un conocimiento profundo de la entidad y su gobierno corporativo, y en las facultades otorgadas por el artículo 207 del Código de Comercio para fiscalizar los actos de los administradores . La información sobre la formación y experiencia de los directivos es esencial para evaluar la idoneidad del sistema de control interno y la gestión de la empresa. El derecho del revisor fiscal a acceder a esta información, considerada esencial para sus funciones, no puede ser limitado por políticas internas de protección de datos

El presente análisis se basa en el concepto emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) y la normativa colombiana aplicable, abordando las responsabilidades del revisor fiscal, las acciones que puede emprender una empresa ante su incumplimiento y la facultad de solicitar información sobre los miembros de la junta directiva y asesores externos.

1. Responsabilidad del Revisor Fiscal en el Cumplimiento de Planes de Trabajo e Informes

El revisor fiscal tiene obligaciones legales y profesionales claras respecto a la ejecución de su plan de trabajo y la presentación de informes.

1.1. Obligación de Cumplir el Plan de Trabajo

La planificación adecuada de la auditoría es fundamental para el desarrollo eficiente y efectivo de las funciones del revisor fiscal. La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 300, titulada “Planificación de la Auditoría de Estados Financieros”, subraya la importancia de definir una estrategia general y un plan de trabajo. Por lo tanto, el cumplimiento de este plan es una obligación para el revisor fiscal.

1.2. Obligación de Informar

El revisor fiscal tiene el deber de informar sobre aspectos relevantes del control interno, el cumplimiento normativo y la razonabilidad de los estados financieros a los responsables del gobierno de la entidad y a la dirección. Este deber se fundamenta en sus funciones legales establecidas en el artículo 207 del Código de Comercio y la Ley 43 de 1990, que exigen diligencia profesional, ética e independencia.

Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) también respaldan esta obligación:

1.3. Informes Detallados vs. Informes de Aseguramiento

El revisor fiscal no está obligado a emitir informes detallados sobre cuentas específicas, a menos que identifique ajustes significativos, deficiencias en el control interno u otros asuntos que deban ser comunicados. Las conclusiones que sustentan sus opiniones deben estar debidamente documentadas, conforme a:

2. Acciones de la Empresa ante Incumplimientos Reiterativos de la Revisoría Fiscal

Ante el incumplimiento reiterativo del plan de trabajo o de las funciones de la revisoría fiscal, la empresa cuenta con los siguientes respaldos y acciones:

2.1. Responsabilidad del Revisor Fiscal

El artículo 211 del Código de Comercio establece que el revisor fiscal responderá por los perjuicios que ocasione a la sociedad, a los asociados o a terceros por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.

2.2. Sanciones Disciplinarias

La Ley 43 de 1990, que regula la profesión de Contador Público, faculta a la Junta Central de Contadores (JCC) para imponer sanciones disciplinarias (amonestación, multa, suspensión o cancelación de la inscripción) a los contadores públicos que infrinjan las normas de la profesión.

2.3. Acciones que puede emprender la empresa

  • Requerir formalmente al Revisor Fiscal: Exigir por escrito el cumplimiento de las funciones y la entrega de los informes pendientes.
  • Reportar a la UAEJCC: Presentar una queja formal ante la Junta Central de Contadores.
  • Informar a la Superintendencia: Si la empresa está sujeta a inspección, vigilancia o control de una Superintendencia, se debe informar a dicha entidad sobre el incumplimiento.
  • Remoción: La asamblea o junta de socios tiene la facultad de remover al revisor fiscal en cualquier momento, con el quórum y las mayorías establecidas en los estatutos o la ley.

3. Solicitud de Hojas de Vida de Miembros de Junta Directiva y Asesores Externos

La solicitud de hojas de vida por parte de la revisoría fiscal es una práctica correcta y necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

3.1. Fundamento Normativo para la Solicitud

3.2. Relevancia para la Evaluación del Control Interno y Gobierno Corporativo

La información contenida en las hojas de vida (formación académica, experiencia profesional, antecedentes) es esencial para que el revisor fiscal pueda formarse un juicio sobre la idoneidad de estas personas y, por ende, sobre la solidez de la estructura de control y gestión de la empresa.

3.3. Acceso a la Información y Protección de Datos

El revisor fiscal tiene el derecho y el deber de acceder a toda la información necesaria para el cumplimiento de su encargo legal. Aunque existen políticas internas de confidencialidad o protección de datos (como la Ley 1581 de 2012), estas no pueden limitar el acceso del revisor fiscal a la información que sea esencial para el cumplimiento de sus funciones legales y profesionales. La empresa debe facilitar dicha información, dejando constancia formal de la solicitud y entrega.

Además, dependiendo del tipo de entidad, pueden existir obligaciones asociadas a la gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT), lo que implica la verificación frente a listas restrictivas públicas y privadas.

4. Normativa Adicional Mencionada en el Documento

El documento del CTCP hace referencia a las siguientes leyes y decretos que enmarcan las responsabilidades del revisor fiscal:

Conclusión

El revisor fiscal en Colombia tiene un rol crucial de control y fiscalización, con responsabilidades claramente definidas por la ley y las normas de aseguramiento de la información. El incumplimiento de sus deberes puede acarrear responsabilidades civiles y disciplinarias, y la empresa cuenta con mecanismos para actuar ante tales situaciones. Asimismo, la solicitud de información como las hojas de vida de directivos y asesores externos es una facultad legítima del revisor fiscal, esencial para evaluar el control interno y el gobierno corporativo de la entidad, siempre respetando la normativa de protección de datos personales.

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